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Estimado(a) colega editor(a):
Es un placer saludarte y, como cada año, te extendemos una cordial invitación para renovar tu afiliación a nuestra institución. La CANIEM es más fuerte y puede representar y defender de mejor manera los intereses de la industria editorial, en la medida en que más editoriales estén afiliadas.

Adicionalmente, tu afiliación te permitirá acceder a una serie de beneficios. Para que los tengas presentes, podrás consultar la información en los vínculos que se indican a continuación:

  • Programa de cursos disponibles. Accede al programa de cursos aquí:
    https://caniem.org/2024/ProgramaAcademico.pdf
  • Estándares de competencias, certificaciones conocer: https://caniem.org/2024/Estandares.pdf
  • Servicios específicos para afiliados. Descubre nuestros servicios para afiliados:
    https://caniem.org/2024/FolletoConvenios.pdf
  • Calendario de ferias nacionales e internacionales,
    así como otros eventos organizados por la CANIEM
    con precios preferenciales para afilados.
    Consulta
    nuestro calendario de eventos:
    https://caniem.org/2024/CalendarioFerias.pdf
  • Participación en las comisiones de trabajo y comités sectoriales de la CANIEM.

Según el Artículo 11 de nuestros estatutos, las cuotas de anuales se determinan en función de los ingresos netos propios del ejercicio anterior. Esta información puede ser respaldada mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: copia de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior, en su defecto, copia de la última declaración anual presentada o una carta emitida por el representante legal de la empresa certificando los ingresos anuales netos del ejercicio anterior.

Para efectuar el pago correspondiente, adjuntamos la tarifa para la renovación de tu afiliación, destacando a tu atención que las cuotas deben renovarse en el primer trimestre del año, a más tardar antes del 21 de marzo, a fin de poder participar en la asamblea que se llevará a cabo en esa fecha.

Las cuotas cubren hasta diciembre del año en curso, por lo que te invitamos a hacer el pago lo antes posible. Si requieres algún tipo de apoyo o facilidad para realizar el pago en mensualidades, te invitamos a ponerte en contacto con nosotros a través del correo afiliacion@caniem.com. Nuestro equipo estará encantado de revisar las opciones disponibles y coordinar la autorización correspondiente por parte de la Dirección General de la Cámara.

También es necesario, de acuerdo con los estatutos de la CANIEM, la firma de nuestro código de ética, modificado por última vez en la Asamblea del 2023, por lo que, en caso de no haberlo hecho, pedimos tu apoyo para cumplir con este requisito y enviarnos firmado el documento que puedes descargar en: https://caniem.org/2024/CodigoDeEticaYConducta.pdf

Te recordamos que además de la afiliación, deberás actualizar el registro en el SIEM, a continuación, podrás revisar la información.

  • Cuestionario del Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM). Completa el cuestionario del SIEM aquí: https://caniem.org/2024/FormatoSIEM.pdf
  • Tarifa del SIEM. Consulta la tarifa del SEIM en este enlace:
    https://caniem.org/2024/TarifaSIEM.pdf
  • Datos bancarios para el proceso de pago: https://caniem.org/2024/Pagos.pdf

En los últimos meses se han realizado algunos cambios en las editoriales, por lo que pedimos tu apoyo para actualizar los datos de tu empresa. Por favor llena el archivo en Excel, según corresponda y en caso de que hayas tenido cambios de domicilio u otro dato relevante, te agradecemos que nos lo notifiques para que tu expediente de afiliación esté completo: https://caniem.org/2024/ActualizacionDatos.xlsx

Para aclarar cualquier consulta adicional o recibir más información, no dudes en comunicarte con Gloria Espinosa al teléfono: 55 5688 2009 o a través del correo: afiliacion@caniem.com

Agradecemos tu compromiso continuo con la CANIEM, en donde seguiremos trabajando con ahínco para promover y fortalecer a este sector fundamental para el desarrollo educativo, cultural y económico de nuestro país.

Atentamente,

Cuotas de afiliación 2024
Artículo 11º. Las cuotas que se cobrarán por la afiliación anual se calcularán sobre el monto de los ingresos netos propios de la operación, lo cual podrá acreditarse con cualesquiera de los siguientes documentos: copia de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior o, en su defecto, copia de la última declaración anual presentada o carta del representante legal de la empresa que certifique los ingresos anuales netos del ejercicio anterior.

Las cuotas de afiliación anual expresadas en este artículo, así como los niveles de ingresos expresados en los grupos señalados en el párrafo anterior, se actualizarán en la misma medida que el promedio aritmético de los doce índices nacionales de precios al consumidor mensuales, publicados por el INEGI o por la dependencia gubernamental a la que se le confiera, de enero a diciembre del año anterior. El Consejo Directivo tendrá la facultad de presentar a la Asamblea General para su análisis y de ser el caso, su aprobación el incremento adicional de cuotas de afiliación que considere necesario para optimizar el funcionamiento de la Cámara.

Artículo 12º. Los grupos empresariales integrados por dos o más empresas, podrán afiliarlas de acuerdo con las condiciones siguientes:
a) Pagarán completa la cuota de afiliación de la empresa del grupo a la que, de acuerdo con la tarifa del Artículo 11º, le corresponda la cuota más alta.
b) Las restantes pagarán el 50% de la cuota de afiliación que les corresponda.

Artículo 13º. Las personas morales que no realicen actividades de comercialización de sus publicaciones pagarán en todo caso la cuota correspondiente al Grupo 3 del Artículo 11º de los presentes estatutos. Se excluye de este grupo, a aquellas personas morales que agrupen a personas morales o físicas que tengan como actividad exclusiva o preponderante, la edición de libros o de publicaciones periódicas, ya que éstas últimas deberán afiliarse a la Cámara individualmente.

Las personas morales con fines no lucrativos que efectúen la comercialización de sus publicaciones, considerarán como base para el pago de su cuota de afiliación anual los ingresos provenientes de dicha actividad, conforme a la tarifa del Artículo 11º de estos Estatutos. Las personas físicas o morales que tengan el carácter de adherentes pagarán las cuotas ordinarias y extraordinarias que les fije el Consejo Directivo en términos de las disposiciones aplicables de los presentes Estatutos. Para mayor información comunicarse con: Gloria Espinosa Pérez. Tel. 55 5688 2009 afiliacion@caniem.com