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El Consejo Directivo de esta Institución, con fundamento en el Artículo 20, Fracciones I, II, IV y V, Artículo 21, Artículo 22, Fracciones III, IV y VI, Artículo 23, Fracciones III y V, Artículo 24, Fracciones I, II y VI de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones y en los Artículos 36, 37, 38, 39, 85 y demás relativos de los Estatutos que rigen el funcionamiento de este organismo gremial, convoca a la LVIII Asamblea General Ordinaria de Afiliados, que tendrá verificativo el JUEVES 24 DE MARZO DEL 2022, EN FORMATO PRESENCIAL Y VÍA REMOTA, a las ONCE HORAS EN PRIMERA CONVOCATORIA y a las DOCE HORAS EN SEGUNDA CONVOCATORIA, advirtiéndose que, en caso de que en la hora señalada para la primera convocatoria no se integre el quórum establecido en el Artículo 40 de los Estatutos, la Asamblea se verificará a la hora señalada para la segunda convocatoria, con los afiliados que se encuentren legalmente representados.

ORDEN DEL DÍA

  1. Nombramiento de la Comisión de Actas y de los Escrutadores para los fines que se señalan en el Artículo 21 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones y en el Artículo 42 de los Estatutos de la Cámara.
  2. Ratificación del Comité de Elecciones.
  3. Informe del Presidente del Consejo Directivo sobre las labores realizadas durante el ejercicio 2021-2022 y presentación del Programa de Labores para el Ejercicio 2022-2023.
  4. Ratificación del Reglamento de Operación de los Comités sectoriales, aprobado por el Consejo Directivo.
  5. Resultados del Fondo Anti-piratería y autorización, en su caso, al Consejo Directivo sobre la renovación del Convenio suscrito con el Centro de Protección y Fomento de los Derechos de Autor, S.G.C. (cempro), para el periodo del 1 de enero del 2022 al 31 de diciembre del 2023.
  6. Propuesta y aprobación, en su caso, de la modificación al Artículo 58 de los Estatutos, que se anexa.
  7. Presentación y aprobación, en su caso, del Balance del ejercicio social del año 2021, dictaminado por el Auditor Externo y del Presupuesto de Ingresos y Egresos para el año 2022.
  8. Elección de cinco Consejeros Propietarios y un Consejero Suplente, para el bienio 2022-2024, de conformidad con los Artículos 23 y 24 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, Artículos 38, 44, 45, 46, 47 y demás relativos de los Estatutos que rigen el funcionamiento de la Cámara, de los cuales uno podrá no ser mexicano.
  9. Toma de la protesta de ley a los Consejeros electos.
  10. Nombramiento o ratificación de los Auditores Externos, Propietario y Suplente.
  11. Informe sobre el dictamen del Consejo Directivo como Jurado Calificador en el concurso PREMIO CANIEM 2022 AL MÉRITO GREMIAL.

De conformidad con el Artículo 38 de los Estatutos, “Corresponde a la Asamblea General en sesiones ordinarias o extraordinarias: I.- …  V.- Salvo lo dispuesto en el Artículo 23, Fracción IV de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, elegir a los miembros del Consejo Directivo, de acuerdo con el siguiente procedimiento: 1.-…; 2.- La elección de Consejeros se verificará por planillas. Éstas deberán proponerse y registrarse 15 días hábiles antes de celebrarse la Asamblea General, y reunir los siguientes requisitos: a) Estar integrada por el número exacto de consejeros a elegir, en los términos de la Convocatoria de la Asamblea General. Igualmente deberá especificarse el periodo para el cual se les propone. b) Las personas físicas y las personas morales que, a través de un Representante Legal integren las planillas, deberán estar afiliadas a la Cámara y al corriente en el pago de sus cuotas correspondientes. Cuando se trate de personas morales, la representación deberá acreditarse de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 43 de estos estatutos. c) Los proponentes de las planillas deberán dirigir y entregar al Presidente de la Asamblea General la manifestación escrita de las personas que la integran, en la que conste su conformidad para ser propuestos como consejeros, así como la declaración de su nacionalidad. d) En las planillas registradas se deberán señalar el nombre de las dos personas que formarían parte del Consejo Directivo, en caso de que esa Planilla no resulte electa por mayoría y obtenga como mínimo el voto del 20% de los afiliados asistentes.

De conformidad con el Artículo 43 de los Estatutos, Cada afiliado tendrá derecho a un voto. Los afiliados podrán hacerse representar en las sesiones de la Asamblea General, por medio de apoderados acreditados ante Notario Público en los términos del Artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal o con carta poder específica otorgada y firmada ante dos testigos por el Representante Legal acreditado ante la Cámara. Los poderes deberán ser enviados por correo electrónico a la Gerencia Administrativa de la Cámara al correo gcervantes@caniem.com y afiliacion@caniem.com, a partir de la fecha de la Convocatoria o a más tardar, a las 14:00 horas del día anterior a la fecha de celebración de la Asamblea General. En ningún caso los afiliados que participen en la Asamblea General, debidamente acreditados, podrán ejercer más de tres votos incluido el propio.”

Se recuerda que solamente podrán participar en la Asamblea las personas físicas o morales que hayan cubierto su cuota de afiliación correspondiente al año 2022 (Artículos 8, 9, 14, 15 y demás relativos de los Estatutos).

Ciudad de México, 1 de febrero del 2022.

Juan Luis Arzoz Arbide, Presidente                                                                                                                                 

Diego Echeverría    Secretario

LVIII ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL DE AFILIADOS

24 de marzo de 2022

Propuesta de modificación al Artículo 58 de los Estatutos.

Se modifica el nombre de algunos comités y se agrega el Comité de Editoriales Independientes.

CAPÍTULO XI

De los Comités Sectoriales de la Cámara

  DICE: PROPUESTA:
Artículo 58. Se integrarán los siguientes Comités Sectoriales: Comité de Libros Infantiles y Juveniles, Comité de Libros de Texto, Comité de Libros Técnicos y Científicos, Comité de Libros de Interés General, Comité de Publicaciones Periódicas y Comité de Libros Académicos. El Consejo Directivo tendrá la facultad de crear otros Comités cuya existencia y funcionamiento se consideren necesarios para la buena marcha de la Cámara.Artículo 58. Se integrarán los siguientes Comités Sectoriales: Comité de Libros Infantiles y Juveniles, Comité de Libros y Contenidos Educativos, Comité de Editoriales de Educación Superior, Comité de Libros de Interés General, Comité de Publicaciones Periódicas, Comité de Libros de Universidades e Instituciones de Educación Superior y Comité de Editoriales Independientes. El Consejo Directivo tendrá la facultad de crear otros Comités cuya existencia y funcionamiento se consideren necesarios para la buena marcha de la Cámara.